NOMBRE COMPLETO:
Subsecretaría de Transporte Terrestre
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.gba.gob.ar/transporteAcciones:
1. Proponer políticas y modificaciones al marco regulador en materia de Transporte automotor, ferroviario y tránsito, en coordinación con el área competente en materia vial; y controlar su cumplimiento.
2. Entender e intervenir en la planificación de las acciones relacionadas con el transporte automotor y ferroviario, de pasajeros y carga.
3. Planificar, controlar y promocionar el servicio público de transporte de pasajeros y carga en la jurisdicción provincial.
4. Entender en la fiscalización de la actividad prestataria del servicio público de transporte de pasajeros y de cargas.
5. Habilitar y autorizar el funcionamiento de las Escuelas de Conductores Profesionales, de conformidad con el artículo 25 de la Ley N° 13.927, en coordinación con la Subsecretaría de Política y Seguridad Vial.
6. Intervenir en el diseño, evaluación y seguimiento de planes, programas, proyectos y estrategias en materia de inversión pública del transporte.
7. Intervenir en la formulación de la propuesta del Plan Provincial de Transporte y en su evaluación y revisión, con foco en la interacción transporte - territorio.
8. Colaborar en todo lo atinente a la coordinación de la Subsecretaría de Articulación Interjurisdiccional del Transporte, en programas y proyectos en materia territorial vinculados al transporte y articular acciones para lograr un sistema provincial de transporte que promueva la integración territorial y el adecuado desarrollo urbano y regional.
9. Participar en el estudio de políticas y estrategias de otras áreas de gobierno provincial y municipal que puedan afectar zonas de localización de infraestructura de transporte existente o futura.
10. Organizar y operar sistemas de información estadística territorial y del transporte terrestre.
11. Participar del estudio y formulación de propuestas de políticas, estrategias y normas en materia de transporte terrestre, con las jurisdicciones provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en coordinación con la Subsecretaría de Articulación Interjurisdiccional del Transporte.
12. Asistir al Ministerio en la interacción con la Agencia Metropolitana de Transporte.
13. Establecer los parámetros operativos para el servicio público de transporte, en aspectos vinculados al parque móvil, programación horaria, estructuras seccionarias, cuadros tarifarios y demás aspectos técnicos de operación del servicio de transporte.
14. Intervenir, controlar e impulsar los procedimientos de otorgamiento de concesiones de servicio de autotransporte público de pasajeros, sus prórrogas, y suscripción de convenios.
15. Formular criterios sobre normas, condiciones, requisitos, mecanismos de seguimiento, evaluación y control en la celebración de convenios, modalidades de privatización y descentralización.
16. Impulsar y canalizar la celebración de convenios interinstitucionales y con la comunidad, para el desarrollo y mejoramiento del Transporte Terrestre, Transporte Ferroviario, Tránsito y Seguridad Vial.
17. Entender, impulsar e implementar el Sistema único de Boleto Electrónico (SUBE) para la provincia de Buenos Aires, en articulación con los organismos y entidades competentes.
18. Entender en la evaluación periódica y sistemática la salud psicofísica de los conductores de transporte público a fin de evitar la producción de eventos dañosos y/o delictivos
19. Autorizar, modificar y renovar el establecimiento de los servicios de transporte automotor de carácter especializado y servicios ferroviarios de pasajeros previstos en la normativa.
20. Ejercer la facultad prevista en el artículo 29 del Decreto- Ley N° 16.378/57 y medidas conexas.
21. Ordenar y controlar la instrucción de sumarios administrativos en el marco de la normativa en materia de control y fiscalización del transporte.