NOMBRE COMPLETO:
Dirección Provincial de Promocion para el Desarrollo del Asociativismo y Cooperativismo
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Centralizada
PÁGINA WEB:
https://www.gba.gob.ar/produccionAcciones:
1. Proponer programas y proyectos específicos vinculados con el fortalecimiento y desarrollo de las actividades productivas de cooperativas y otras formas asociativas, identificando las problemáticas específicas del sector y dando respuesta mediante la propuesta de acciones determinadas.
2. Implementar planes, programas y proyectos relacionados con el fomento, práctica y desarrollo de las actividades cooperativas en el territorio bonaerense.
3. Promocionar, capacitar y asesorar a los distintos sectores de la comunidad sobre las ventajas de organizarse a través del sistema cooperativo u otras formas asociativas en todos los ciclos del quehacer económico.
4. Evaluar los requerimientos de apoyo económico formulado por las cooperativas, grupos asociativos pre-cooperativos e instituciones sin fines de lucro que realicen actividades afines de conformidad con la normativa vigente.
5. Coordinar la labor del otorgamiento de asistencia técnica específica para los diferentes procesos productivos o de servicios que realicen las entidades de su competencia.
6. Participar en la definición de políticas, programas, líneas de acción y proyectos que incorporen lógicas de economía circular y desarrollo sostenible, a los fines de alcanzar patrones de producción y consumo sustentables en el ámbito de su competencia.
7. Dirigir la implementación de programas de formación técnica instando, promoviendo y participando en la formulación de programas de estudio, capacitación, e investigación.
8. Dirigir la implementación de acciones relativas a la comunicación institucional interna y externa, así como la difusión de contenidos y el desarrollo e implementación de la imagen institucional del Instituto.
9. Analizar los proyectos, la planificación estratégica y los lineamientos de asistencia específicos definidos por la Presidencia del Instituto, su desarrollo e implementación.
10. Diseñar las pautas objetivas de valoración para la inclusión de las empresas recuperadas en los beneficios de la Ley N° 13.828 y ofrecer asistencia técnica y/o financiera a los beneficiarios de la misma.