NOMBRE COMPLETO:
Ente Administrador del Astillero Río Santiago
TIPO DE ADMINISTRACIÓN:
Descentralizada
PÁGINA WEB:
https://www.astillero.gba.gov.arAcciones:
a) Fijar y ejecutar la política comercial del Astillero transferido.
b) Suscribir convenios con organismos municipales, provinciales, nacionales, internacionales, personas o entidades públicas o privadas, a los efectos del cumplimiento de los fines especificados en el presente decreto, sin perjuicio del cumplimiento de los recaudos que sobre el particular exige la legislación vigente.
c) Contratar la adquisición de bienes, construcción de obras o prestación de servicios, ajustándose a las leyes provinciales de aplicación a la materia.
d) Practicar y llevar el Inventario General de la totalidad de los bienes integrantes de los activos transferidos por el Estado Nacional, ajustándose a las disposiciones generales en la materia.
e) Administrar los recursos generados por su actividad, debiendo aplicarlos a la explotación con adecuación a las normas y sujeción a los Organismos de Control correspondientes.
f) Ordenar la realización total de los exámenes de salud ocupacional al personal transferido, tendientes a determinar la eventual incapacidad laborativa de los mismos.